Por: Editor en Jefe - Publicado en enero 20, 2020
Informe Especial cambioin.com
La figura de: "vencimiento de términos" es la que tiene prevista la defensa del actual alcalde de Ibagué, para hacerla valer dentro del proceso que se le adelanta por autorizar la realización de "piques automovilísticos" al interior de la pista de aterrizaje de aviones en el aeropuerto Perales de Ibagué en el año 2014.
cambioin.com el portal de las noticias consultó a varios abogados de la ciudad sobre la estrategia pensada por el profesional del derecho que representará a Andrés Fabian Hurtado Barrera, en este sonado juicio, y estos opinan que todo apunta a dejar pasar el tiempo para solicitar un vencimiento de términos. Apoyan su teoría en el siguiente análisis: "Según la corte constitucional, no hay penas imprescriptibles.
Desarrollando este postulado, el artículo 83 del código penal colombiano dice: “Artículo 83 términos de la prescripción de la acción penal. La acción penal prescribirá en un tiempo igual al máximo de la pena fijada en la ley, si fuere privativa de la libertad, pero en ningún caso será inferior a cinco años, no excederá de 20, salvo lo dispuesto en el inciso siguiente este artículo...(lesa humanidad y otros)"
Más adelante agrega: “En las conductas punibles que tenga señalada la pena no privativa de la libertad, la acción penal prescribirá en cinco años”. En este caso que nos ocupa al implicado se le está acusando de peculado por uso y ocultamiento de pruebas, para ambas conductas se tiene una pena fijada de 16 a 108 meses, (incrementada por la ley 890 de 2005).
Es decir si los hechos ocurrieron el 4 de abril de 2014, dentro de dos meses, se cumplirían cinco años y supongamos que la pena por ambos delitos tratándose de concurso, fuera de seis años aproximadamente, el 4 de abril de 2021, se cumpliría la fecha de prescripción, eso si antes no hay condena, lo que parece poco probable, dado que ese proceso en especial está en la etapa de juicio.
Por los pasillos del Palacio de Justicia, se rumoró el pasado jueves 16 de junio de 2020, que la defensa dilatará el proceso hasta que prescriba, pero los jueces están advertidos de esta situación y seguramente acelerarán el caso, y si actúan correctamente. faltará ver qué inconvenientes o trabas más aparecen en éste estadio procesal que impliquen nuevos aplazamientos.
Este caso será uno más que pase a la historia de la justicia del Tolima, como el descarado favorecimiento.
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