Por: Resumen De Noticias Hoy - Publicado en junio 08, 2020
El Ibal incumplió un fallo judicial que lo obligaba a realizar arreglos en el alcantarillado del barrio Varsovia de Ibagué, hoy la vía se hunde dañando algunas casas y contaminando el sector con malos olores.
Informe especial cambioin.com
Una denuncia llegó a la redacción de cambioin.com el portal de las noticias denunciando como la alcaldía de Ibagué, a través de su empresa Ibaguereña de acueducto y alcantarillado, viene desacatando una orden de un juez de la república, que le exigió al gobierno arreglar el alcantarillado de una de las vías del barrio Varsovia, pero la administración nunca cumplió con la exigencia, y convirtió el lugar en un verdadero muladar al aire libre.
A continuación está redacción transcribe la queja de la comunidad con sus respectivos soportes.
Esta es la denuncia:
Los habitantes del barrio Varsovia 1, de la ciudad de Ibagué que residimos entre las manzanas 10 y 9, en medio de la vía (calle) como se puede observar en las imágenes anexas, por deficiencias y rompimiento en la red de alcantarillado la vía se hundió, y de éstas en su interior se ve cómo circulan las aguas negras, cada vez que llueve en la ciudad de Ibagué, este hueco se inunda por el taponamiento y salen aguas negras que ruedan por las calles abajo de barrio Varsovia 1.
Así mismo debido al taponamiento las residencias aledañas por la fuerza de las aguas lluvias, estas aguas negras se devuelven por los sifones de las residencias inundando patios, salas y baños de las residencias en su primer nivel.
En verano el olor por las aguas negras es nauseabundo, en invierno los habitantes tenemos que padecer inundamiento en nuestras residencias, no es raro cuando llueve a horas de la madrugada ver a varios vecinos con escobas sacar aguas negras de sus residencias por los garajes de las viviendas.
Debido a los malos olores y el peligro que conlleva esta cavidad en medio de la calle la cual tiene un diámetro de aproximado 2 metros y por la cual transitan niños menores de edad, adultos mayores y peatones en general, el riesgo de caer en esta cavidad para un menor es inminente y los residentes estamos en constante peligro por nuestros niños menores de edad. Así mismo desconocemos las proporciones de la cavidad en su parte interior la cual puede comprometer las edificaciones y sus cimientos. El paso de vehículos también es un peligro porque a cualquier momento se puede hundir un vehículo.
Por los anteriores hechos el día 10 de Julio de 2019 con el ánimo de salvaguardar derechos fundamentales a la vida como también a la salud se instauró acción de tutela en contra de la Alcaldia de Ibagué y la Empresa de acueducto y alcantarillado IBAL ESP la cual fue fallada a favor por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLECENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO en el cual se tutelaron los derechos violentados el dia 11 de Julio de 2019.
En su parte resolutiva ordenó a la Empresa de Acueducto y alcantarillado IBAL ESP. en un término no mayor a un mes iniciar las obras pertinentes de reposición de las redes de alcantarillado y el sellamiento del hundimiento ubicado frente al predio de la manzana 10. (ver fallo anexo)
Para el cumplimiento del fallo de tutela se han instaurado el día 3 de septiembre de 2019 petición de cumplimiento, y el dia 17 enero de 2020 incidente de desacato. Sin que a la fecha ninguno de los despachos judiciales que han tenido conocimiento de la acción de tutela hayan hecho cumplir el Fallo. Los dos juzgados que han tenido conocimiento de la acción son en el Juzgado primero penal del circuito para adolecentes con función de conocimiento y el Juzgado primero penal municipal para adolecentes en función de garatias.
Es de anotar la mala administración y pésimo servicio que presta el IBAL para la ciudad de Ibagué, ya se han pasado varios derechos de petición y hasta acción de tutela y siguen pasando por alto las órdenes judiciales. Así mismo tienen responsabilidad los Jueces de los despachos comprometidos por no hacer cumplir sus fallos, lo cual demuestra igualmente el fracaso de la justicia en Colombia. En este sentido el decreto 2195 de 1991 es muy claro en señalar:
ARTICULO 53. SANCIONES PENALES. El que incumpla el fallo de tutela o el juez que incumpla las funciones que le son propias de conformidad con este decreto incurrirá, según el caso, en fraude a resolución judicial, prevaricato por omisión o en las sanciones penales a que hubiere lugar.
También incurrirá en la responsabilidad penal a que hubiere lugar quien repita la acción o la omisión que motivó la tutela concedida mediante fallo ejecutoriado en proceso en el cual haya sido parte.
Los residentes seguiremos agotando los instrumentos que nos confiere la ley y de persistir la negligencia de los funcionarios y servidores públicos se interpondrán las respectivas denuncias penales en la fiscalía, procuraduría y consejo superior de la judicatura.
Se anexa:
Copia: Fallo de Tutela donde ordenan el sellamiento y reparación de la red de alcantarillado. cambioin.com
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