Por: Resumen De Noticias - Publicado en abril 24, 2020
El concejal y periodista de Ibagué Rubén Darío Correa Carvajal, realizó una denuncia delicada sobre la causa real de la salida de la gerente del imdri, que estaría ligada a la entrega de la jugosa licitación para la construcción del coliseo mayor. Al parecer, denuncia el político esta obra que no se hizo desde los fallidos juegos nacionales 2015, la quieren adjudicar en la administración de Andrés Fabian Hurtado, de forma extraña como en la época de Luis H Rodríguez, a una empresa Española y un modesto ingeniero de Mocoa Putumayo, haciendo recordar el contrato de Typsa y el chatarrero.
Esta es la denuncia:
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Vía: Denuncia concejal de Ibagué Rubén Darío Correa Carvajal
¿Película “El Chatarrero 2” motivó la salida de la gerente del IMDRI?
¿Se repite la historia?: una empresa española y una firma colombiana con poca experiencia aparecen como un solo proponente en millonaria licitación del IMDRI para construir el Coliseo Mayor en el Parque Deportivo.
Mientras todos mirábamos la ejecución de los contratos de mercados en la pandemia y cómo vencer al Covid19, paralelamente avanzaba silencioso un millonario proceso licitatorio en Ibagué que comienza a despertar no pocas inquietudes. Y de ñapa, hace algunas horas se conoció la sorpresiva salida de la joven gerente del Instituto, Saily Ibañez.
El IMDRI colgó en el SECOP la licitación pública 012020 por $43.917 millones de pesos el pasado 10 de marzo. Y el 22 de abril, según el cronograma, se cerró el término de presentación de propuestas. En el intermedio, hubo dos observaciones de dos empresas interesadas expresando aparentes direccionamientos desde los pliegos para beneficiar a un solo postulante. Estas no fueron tenidas en cuenta.
Efectivamente, en las actas de observaciones al pliego definitivo, se lee que la empresa Fawcett SAS solicitó al IMDRI eliminar “el numeral 3 de la experiencia específica toda vez que está pidiendo que en caso de consorcios o uniones temporales cada integrante debe aportar experiencia en construcción de Coliseo societarios deportivos y el concepto de las estructuras plurales es aunar esfuerzos para cumplir en conjunto con lo exigido en el aspecto técnico financiero jurídico y económico. Por tal razón, ese numeral debe ser retirado para salvaguardar los principios de transparencia, ya que viendo todos los requisitos de la experiencia están dados para que el proceso esté direccionado a un solo proponente”.
Y la misma compañía, en otra observación del ítem de endeudamiento, refuerza la tesis de direccionamiento de los pliegos así: “igualmente vemos con preocupación que la entidad exige un índice de endeudamiento menor al 40% lo cual es demasiado excluyente dicho requisito (SIC) toda vez que en promedio las entidades estatales exigen para los procesos de construcción de edificaciones un endeudamiento entre 65 y 70% lo anterior es una muestra más de la intención de la entidad en direccionar el proceso a un proponente”.
Llama poderosamente la atención que al final se presentó efectivamente un solo proponente: la Unión Temporal AGORASPORT, integrada en partes iguales al 50% por la compañía española AGORASPORT SA SUCURSAL COLOMBIA y la firma colombiana Hábitat Ingeniería y Arquitectura SAS. Según los términos, el contrato deberá ser adjudicado el 11 de mayo.
Pero las suspicacias iniciales de las empresas que advirtieron el presunto direccionamiento se tornan en preocupantes indicios a partir de lo siguiente: Sobre el socio local de la mencionada Unión Temporal se tejen varias dudas en cuanto a su experiencia, capital de trabajo y variación de su naturaleza jurídica.
Hábitat Ingeniería y Arquitectura SAS, con NIT 8460033957, es una modesta empresa contratista domiciliada en la calle 10 número 4-51 del barrio José María Hernández de la ciudad de Mocoa, Putumayo; su representante legal es el ingeniero Miguel Horacio Robles Guerrero, registra 8 empleados y está inscrita en la Cámara de Comercio de ese departamento, bajo la matrícula mercantil 21537-46, desde el año 2003.
Su experiencia contractual, se reduce, al consultar el SECOP, a seis contratos, entre 2007 y 2014, todos en el departamento del Putumayo, ninguno supera los 140 millones de pesos; de ellos los únicos que tienen relación con el objeto licitado por el IMDRI, en cuanto a construcción de escenarios deportivos son dos (2): los estudios y diseños para el mejoramiento del estadio de Mocoa por 38 millones de pesos y la construcción de dos pequeños polideportivos en dos escuelas del municipio de Villa Garzón, por solo 139 millones de pesos.
Pero hay cosas aún más inquietantes frente al mismo consorciado. Al investigar sus papeles de constitución legal encontramos que el pasado 31 de marzo de 2020 Hábitat Ingeniería y Arquitectura cambió su naturaleza jurídica, 21 días después de estar ya andando el proceso licitatorio por parte del IMDRI. Pasó de ser una Sociedad Limitada (Ltda) a una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Y en documentos consta que su capital social es de tan solo 280 millones de pesos.
Surge entonces la pregunta, ¿para qué lo hicieron? Esta maniobra, aunque legal, no siempre tiene buenos usos en el mundo de la contratación estatal colombiana.
Abogados expertos conceptúan que en las empresas SAS no se conoce quienes son los verdaderos dueños puesto que la propiedad de sus acciones se demuestra con el libro de registro de accionistas y esta información no es de carácter público. Mientras que en las sociedades de responsabilidad limitada los accionistas son identificables fácilmente puesto que están obligados a figurar en el certificado de cámara de comercio.
Así mismo, las empresas limitadas son completamente escrutables por los ojos ciudadanos mientras que las Sociedades por Acciones Simplificadas no lo son. Además, en el acto de constitución puede aparecer un dueño, pero después se pueden endosar esas acciones y esconder la propiedad accionaria.
Adicionalmente, en las sociedades limitadas las responsabilidades de los socios son mucho mayores, salvo en los temas laborales y tributarios; mientras que en las SAS los compromisos legales de los dueños están limitados al monto de sus aportes.
Es decir, para los expertos en contratación estatal, las empresas SAS son más ‘seguras’ para sus propietarios ante una eventual quiebra o siniestro de un proyecto a ejecutar.
En plata blanca, y siguiendo el rastro a otros procesos escandalosos de contratación en el país, una empresa SAS brinda la posibilidad de ‘esconder’ a las verdaderas cabezas de los contratos. Usted nunca sabrá quién es el dueño de una SAS.
Aunque se presume de la buena fe de las compañías proponentes consorciadas en este proceso del IMDRI, todo lo hasta aquí relatado, nos resulta tristemente familiar, todo un ‘deja vu’ respecto a las recientes tragedias de saqueo de recursos públicos a la ciudad.
Para nosotros lo que estaría ocurriendo en el IMDRI, como lo escribimos en el título de esta nota, parece el guion de otra “película de ciencia ficción contractual”, donde una empresa poderosa internacional que tiene la plata y la experiencia, la firma española, se asocia y comparte al 50% de responsabilidades y beneficios, en un contrato millonario de 43.917 millones de pesos, con una pequeña firma nacional, tipo cenicienta en las películas, con poco capital y reducida experiencia.
Todo lo anterior precedido de otra película que jamás queremos volver a repetir: “El escándalo del desfalco de los Juegos Deportivos Nacionales Ibagué 2015’, donde muchos de sus actores –lamentablemente no todos- terminaron presos: El Chatarrero, directivos de la española Typsa, el exgerente del IMDRI Ángel, el ex alcalde Luis H, el abogado Arciniegas, entre otros.
Considero que esta licitación para la construcción del Coliseo Mayor es abiertamente violatoria de los principios de transparencia y de la pluralidad de ofertantes, porque cuando se pretende amañar una licitación para que demás oferentes no participen, según se denuncia en las actas de observaciones, se violan flagrantemente dichos principios.
Una licitación que carezca de pluralidad de oferentes es una licitación presuntamente amañada y permite que se rompa el principio costo- beneficio, determinante en la contratación estatal.
Por ello le solicito respetuosamente señor Alcalde, mediante derecho de petición y en mi condición de concejal de oposición, se SUSPENDA el proceso licitatorio en mención y se convoque a la Personería de Ibagué, y a la Procuraduría General de la Nación para que realicen una intervención especial inmediata sobre el mismo y se informe a la opinión pública de todo el desarrollo del proceso contractual.
Por ultimo quiero recordarle al ingeniero Hurtado que no se cumplió la promesa hecha por usted en sus primeras intervenciones como primera autoridad del Municipio, respecto de trasladar a la Secretaría de Infraestructura la competencia del IMDRI para efectuar la contratación de las obras y ejecución de las mismas para los escenarios deportivos de la ciudad de Ibagué, con el objetivo de garantizar la transparencia y el manejo de los recursos públicos
Así mismo, radico copia de estos documentos a la Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría General de la República, a la Fiscalía General de la Nación y la Oficina Anticorrupción de la Presidencia de la República para lo que estimen pertinente.
Rubén Darío Correa Carvajal
Concejal de Ibagué, concejal de Ibagué. cambioin.com
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