Por: Editor en Jefe - Publicado en marzo 29, 2019
El tribunal administrativo del Tolima con ponencia del magistrado José Andrés Rojas Villa, emanó fallo en primera instancia contra la elección del Personero de Ibagué, la cual la declaró nula y ordena al cabildo respetar el orden de elegibilidad de los ganadores del concurso realizado para escoger el representante del ministerio público en esta capital.
La instancia judicial en una sentencia de 65 páginas, dejó sin piso los argumentos expuestos por los concejales de Ibagué en su momento, que no quisieron nombrar como Personero, al abogado Efraín Hincapié González, aduciendo que el señalado había ejercido como Contralor del Tolima durante el año antes de la elección, además de ser contratista en la ESAP empresa empleada por el concejo para la escogencia de los aspirantes a Personero.
El tribunal expuso que no era cierta la excusa del cuerpo colegiado, porque la elección se cumplió el 9 de marzo de 2018 y el señor Hincapie, había terminó su período de Contralor del Tolima el 12 de enero de 2016, tiempo más que suficiente para que existiere cualquier tipo de inhabilidad, además el ente de control no ejerce ninguna jurisdicción en Ibagué, aduce el fallo. (copia del aparte de fallo del tribunal donde hace el análisis)
Copia 1 : Nulidad de la elección del Personero de Ibagué. Cambioin.com
Sobre el tema del contrato de Efraín Hincapié con la ESAP, el tribunal administrativo del Tolima, dice que la ley es clara al señalar que debe existir un vínculo de jurisdicción y mando para hablar de una inhabilidad y el señalado apenas era contratista, el cual no tiene la misma condición, por eso mismo podía haber sido nombrado. Este es el análisis del magistrado ponente (fallo primera instancia contra elección del Personero de Ibagué)
Copia 2: Nulidad de la elección del Personero de Ibagué. Cambioin.com
El tribunal administrativo declaró a raíz de su análisis, la nulidad de la elección del señor Camilo Ernesto Ossa Bocanegra, como personero de Ibagué y ordena respetar el orden de elegibilidad del concurso realizado para escoger el representante del ministerio público, por el período constitucional que terminará los primeros días del mes de enero del 2020, es decir deberían asignar al señor Efraín Hincapié González. (este es el fallo del tribunal administrativo del Tolima)
Copia 3: Nulidad de la elección del Personero de Ibagué. Cambioin.com
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