POLÍTICA

Otro chanchullo del alcalde de Lérida, firmó contrato, para hacer un trabajo, que ya habían hecho

Otro chanchullo del alcalde de Lérida, firmó contrato, para hacer un trabajo, que ya habían hecho

Foto: Luis Carlos Amézquita Cárdenas, alcalde de Lérida Tolima, cambioin.com

Por: Editor Ibagué - Publicado en septiembre 02, 2024

Parece que el alcalde de Lérida, se está especializando en protagonizar escándalos e investigaciones, por graves fallas en la contratación. Por eso algunos veedores ven con preocupación que apenas han pasado 8 meses de ese gobierno, y el mandatario tiene una lluvia de problemas, que ojalá lo dejen terminar su periodo.

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Informe Especial cambioin.com

Varias investigaciones adelantan organismos de control del estado contra la administración de Luis Carlos Amezquita Cárdenas, en la alcaldía de Lérida. Ahora se le agrega una más, y se trata de la entrega de un contrato para hacer unos arreglos, los cuales ya se habían realizado, es decir se estaría legalizando unos hechos cumplidos, situación que en la ley colombiana es ilegal. Pero para agravar el tema, una de las personas que ayudó a la adjudicación del contrato es hija de quien se lo ganó.

El caso:

La denuncia soportada con sus respectivos documentos, ya fue instaurada ante la Contraloría Departamental del Tolima, y se estará remitiendo en los próximos días a la Procuraduría General de la Nación. La misma señala qué, Luis Carlos Amezquita Cárdenas, alcalde de Lérida habría iniciado el proceso número 20 en el secop en el mes de marzo del presente año cuya finalidad era la de contratar los servicios de ornamentación, para realizar arreglos locativos en diferentes sitios del municipio. Hasta ese punto todo normal, la irregularidad radicaría en la inclusión de un ítem que señala que debe cumplir con el siguiente trabajo: 9 cantidad: maquinas de gym, descripción: realizar la desinstación puntos de anclaje para máquinas de gimnasio, incluye retiro de material sobrante, lugar en que se realizó: parque polideportivo" la denuncia explica que según los numerales anteriores de este escrito se evidencia dos cosas. primera, que contrataron y legalizaron en el mes de marzo a través del contrato 101 de 2024 las acciones desarrolladas en la última semana del mes de enero en el parque polideportivo donde desinstalaron las máquinas de gimnasio en el parque polideportivo".

Es decir en pocas palabras, legalizan un trabajo que ya se había realizado tres meses atrás.

Pero un tema aún más delicado es el que señala que una de las asesoras de la alcaldía qué ayudó a la adjudicación del contrato, es hija del ganador del proceso.

El escrito con la denuncia en concreto qué hoy reposa en la Contraloría Departamental del Tolima, fue obtenido por este medio de comunicación digital y lo transcribe literalmente a continuación para revelar lo delicado del asunto que le acarreará un nuevo problema legal al alcalde de Lérida Luis  Carlos Amezquita Cárdenas.

Denuncia:

Lérida 2 de Agosto de 2024

Señores
Contraloría Departamental del Tolima Ibagué Tolima

Entidad afectada: No registra
Presunto responsable: Luis Carlos Amézquita Cárdenas
Cargo: Alcalde municipal.

Cordial saludo

denuncia anónima.

Del presente escrito se busca que la Contraloría Departamental del Tolima quien ejerce control fiscal sobre el municipio de Lérida Tolima, realice una inspección o investigación o actividad de control e imponga las acciones necesarias para combatir la corrupción en el Tolima según los hechos enunciados a continuación.

1. Que el municipio de Lérida Tolima realizó las festividades a finales del mes de enero e inicios de febrero con una serie de actividades.

2. que dentro de esas actividades se encontraban una serie de conciertos.

3. que para la realización de dichos conciertos la administración municipal tuvo a bien ejecutarios en la plazoleta de banderas del polideportivo 13 de noviembre, aun cuando dicho espacio contaba con una serie de 19 máquinas que conformaban un parque biosaludable.

4. que en la última semana del mes de enero desmontaron las máquinas que conformaban el parque biosaludable para la acomodación de la majestuosa tarima principal.

5. que la administración municipal en el mes de marzo de 2024 llevo a cabo el proceso contractual a través del aplicativo secop: pmc 020 de 2024 con el cual buscaba contratar prestacion de servicios de ornamentacion a todo costo para el mantenimiento, reparacion y adecuacion de diferentes infraestructuras de bienes muebles e inmuebles que conforman el equipamiento municipal". que según el secop se desarrolló bajo el siguiente hilo

hitos del proceso

descripción del hito

creación de proceso

celebración de contrato

fecha y hora de ocurrencia

11 de marzo de 2024 12:57 a.m.

20 de marzo de 2024 04:08 p.m.

modificación de datos al contrato

20 de marzo de 2024 04:11 p.m.

1. que producto del proceso pmc 020 de 2024 se configuró el contrato 101 de marzo 18 de 2024 firmado entre el alcalde Luis Carlos Amezquita Cárdenas y el sr Alexander Díaz Camelo.

2. que el comité evaluador bajo su responsabilidad y facultades otorgadas decidieron que el proceso lo debía ganar según el check list el sr Díaz Camelo, según acta firmada por los señores Rubiel Tafur Villarreal y Adriana García Tovar.

3. que dentro de las actividades a ejecutar se encuentra la siguiente: item: 9 cantidad: maquinas de gym, descripción: realizar la desinstación puntos de anclaje para máquinas de gimnasio, incluye retiro de material sobrante, lugar en que se realizó: parque polideportivo.

4. que según los numerales anteriores de este escrito se evidencia dos cosas. primera, que contrataron y legalizaron en el mes de marzo a través del contrato 101 de 2024 las acciones desarrolladas en la última semana del mes de enero en el parque polideportivo donde desinstalaron las máquinas de gimnasio en el parque polideportivo.

5. que el sr Díaz Camelo, con otros trabajadores de su establecimiento comercial ubicado en la vía nacional del municipio desarrolló las actividades de desinstalación de las máquinas de gimnasio en el mes de Enero.

6. que el proceso fue observado en vista de que el alcalde en el pliego de la convocatoria indicó que el proponente deberá contar con un taller de ornamentación cerca de la municipalidad como se cita a continuación:...una: hemos revisado cuidadosamente los requisitos establecidos para los proponentes, en particular, la condición que exige que el proponente debe contar con un establecimiento de comercio tipo taller en el municipio de Lérida y/o cercano con un máximo de 60 kilómetros a su alrededor para atender los requerimientos de la entidad en condiciones de calidad e inmediatez"...

7. que curiosamente el sr Díaz Camelo solicitó limitar la mipyme el proceso.

8. que curiosamente el sr, Díaz Camelo es el progenitor de la señora Yolifens Alexandra Díaz Peña, quien ejecuta el contrato contratar la prestacion de servicios de apoyo a la gestion para el acompañamiento a la secretaria general y de gobierno en los procesos de contratacion adelantados por la administracion municipal en el marco del proyecto denominado fortalecimiento institucional pensando en un mejor servicio para el municipio de Lérida departamento del Tolima", que dicho contrato tuvo una duración de 3 meses contados a partir del 15 de enero de 2024.

9. que resulta muy confuso para un pobre bachiller como lo soy yo, entender como unos profesionales, con maestrías, con un pool de asesores, y conocedores del municipio no se dieron cuenta que estaban contratando algo que ya habían hecho.

10. que se revise el manual de contratación del municipio vigente para dicho proceso, pues un comité evaluador debe estar configurado por sus directivos. y no por asesores.

11. que se identifique en la oficina de control interno las auditorias generadas a esta oficina en el periodo actual.

12. que las maquinas se desaparecieron y a esta fecha no han sido reubicadas, que en dicho espacio había un monumento entregado por el ejercito nacional y el ministerio de defensa que fue derrumbado sin justa causa.

Es decir, realmente no existe una necesidad para contratar. sin embargo, los funcionarios a cargo del proceso idean una falsa necesidad, motivada o no, al permitir con ello: (i) defraudar el patrimonio del estado (peculado por apropiación en favor de terceros); (ii) omitir un requisito legal esencial con transgresión del principio de maduración de proyectos y economía (iii) favorecer a un tercero con un contrato (interés indebido en la celebración de contratos); u otros.

los hechos cumplidos en la contratación estatal en colombia surgen cuando no se cumplen con los requisitos legales establecidos en la constitución y en la ley. es decir, cuando no se eleva la ejecución de un bien o de un servicio a un escrito (contrato), o cuando existiendo un acuerdo perfeccionado en el marco de la ley entre el contratante y el contratista, no se han cumplido los requisitos para su ejecución, estas situaciones, recurrentes además en los negocios jurídicos de las entidades estatales con particulares, pueden generar obligaciones afectando las arcas del estado. Si bien es cierto que Colombia depende en gran medida de la contratación para su funcionamiento, también es cierto que su función es ceñirse a la ley. en los casos de los hechos cumplidos identificados en la contratación estatal que se analizan en la presente investigación, se busca identificar las responsabilidades de las partes; además conocer de manera específica el tratamiento dado por la jurisprudencia colombiana y la legislación para los casos de hechos cumplidos.

estaré atento al proceso, se remitirá el número de radicado a las entidades que vigilan la contraloría departamental para que se realicen las acciones de seguimiento.

Agradeciendo la oportuna atención a la presente

Fin de la denuncia

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