Foto: Adriana Magaly Matiz Gobernadora del Tolima. cambioin.com
Por: Editor Ibagué - Publicado en agosto 09, 2024
Consejo de Estado unificó las demandas electorales qué existían contra la gobernadora del Tolima Adriana Magali Matiz Vargas, y ayer después de un proceso de más de 6 meses, la alta corte emitió fallo en donde Niega las pretenciones, por infundadas, de los denunciantes. Esa sentencia para muchos es un respaldo a los 300 mil tolimenses que votaron por la propuesta de tener a la primera mujer como mandataria seccional.
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Informe Especial cambioin.com
La Gobernadora Matiz, ha demostrado durante estos 7 meses y unos días, que no obstante tener unos procesos instaurado por enemigos políticos, ha trabajado a doble marcha visitando casi el 90% del territorio para anunciar las obras que realizará durante su gestión. Por eso ahora que el Consejo de Estado se pronunció diciendo que la actual mandaría nunca había quebrantado las normas colombianas de la doble militancia. La mandataria podrá trabajar sin ninguna presión infubdada.
Sobre el tema el consejo de estado dijo:
Consejo de estado niega anular la elección de Adriana Magali Matiz Vargas, como Gobernadora del Tolima.
El Consejo de Estado, negó las pretensiones de las demandas presentadas contra la elección de Adriana Magali Matiz Vargas, como gobernadora del Tolima, según las cuales incurrió en doble militancia, modalidad de apoyo.
Expusieron los demandantes que Adriana Magali Matiz Vargas apoyó la campaña a la Asamblea Departamental del Tolima de un candidato del partido Cambio Radical, a pesar de que el partido que la avaló (Conservador) inscribió lista para dicha corporación.
La Sección Quinta analizó las pruebas allegadas y encontró demostrado que las manifestaciones que realizó la demandada ocurrieron en un evento privado, organizado con la intención de apoyarla a ella, teniendo en cuenta que era la candidata única por la coalición de la que formaban parte, además del Partido Conservador, el partido Cambio Radical y, no en un acto público proselitista dirigido al electorado. Además, el video que da cuenta de dicha reunión no fue difundido en sus redes sociales.
Asimismo, en el fallo se demostró que las demás pruebas valoradas dan cuenta de algunos eventos que se produjeron antes de la inscripción de su candidatura, es decir, previo al inicio de la campaña electoral, lo que impide la configuración de la doble militancia.
Finalmente, según los demandantes la gobernadora colaboró con la campaña de un candidato a la alcaldía de Anzoátegui, pero la Sala encontró probado que, en realidad, la demandada se limitó a invitar a la comunidad para que asistieran a una reunión en la cual compartirían sus propuestas de campaña, sin que se evidenciaran actos positivos de apoyo.
La magistrada Gloria María Gómez Montoya, salvó su voto.
Fin del comunicado
El abogado Germán Barberi Perdomo, uno de los profesionales que más sabe sobre derecho electoral, sobre este fallo expresó
Audio: Abogado Germán Barberi Perdomo. cambioin.com
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