POLÍTICA

No aceptaron tutela del alcalde de Ibagué, para dejar sin piso su suspensión

No aceptaron tutela del alcalde de Ibagué, para dejar sin piso su suspensión

Foto: Andrés Fabián Hurtado Barrera, suspendido alcalde de Ibagué. cambioin.com

Por: Resumen De Noticias Hoy - Publicado en mayo 17, 2022

Andrés Fabián Hurtado Barrera alcalde suspendido de Ibagué, reconoció públicamente que su tutela no se la quisieron aceptar en varios despachos judiciales del ordena nacional, por eso tomó la determinación de retirarla y volverla a presentar a una instancia superior.

Informe especial cambioin.com

En los estrados judiciales no existe la claridad si ellos pueden intervenir frente a la suspensión del alcalde de Ibagué, así lo expresó el propio Hurtado Barrera, cuando vio que su acción interpuesta no pudo ser tramitada.

Sobre el particular el mandatario suspendido expresó:

Mensaje dirigido a la opinión pública, a la corte constitucional y a la procuraduría general de la nación

Grave vulneración de los derechos fundamentales del alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado Barrera, y del pueblo ibaguereño

Observo con profunda preocupación, la grave y continua vulneración de mis derechos fundamentales como ciudadano y servidor público elegido democráticamente, propiciado por la Procuraduría General de la Nación y ahora por los jueces de la República, quienes tienen a su cargo el deber legal y constitucional de restablecer mis garantías como funcionario del Estado y como ciudadano.

Siempre he sido absolutamente respetuoso de las instituciones y de la justicia, confiado en su misión de proteger las garantías democráticas y ciudadanas. Sin embargo, debido a los últimos acontecimientos, debo denunciar una serie de situaciones que rompen esa confianza:

1. De acuerdo con las permisiones constitucionales y legales, presenté una acción de tutela con medida cautelar de suspensión de la providencia de la Procuraduría, y en ejercicio de mis derechos fundamentales al debido proceso y al derecho político de permanecer en el cargo de alcalde de NO 12:31

Ibagué, amparado en las decisiones tanto de las altas Cortes colombianas, como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que se revoque la lesiva medida de suspensión provisional.

2. Hoy, ocho (8) días después de haber ejercido esa acción constitucional, los jueces no se han puesto de acuerdo en la competencia para conocer de mi tutela, la cual se ha "paseado" o, como se dice vulgarmente, "pinponeado". En efecto, mi solicitud llegó inicialmente al Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá; luego pasó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y después al Juzgado Primero Administrativo de Ibagué, quien finalmente remitió mi acción a la Corte Constitucional para que dirima un posible conflicto negativo de competencias, trámite que puede tardar más de dos (2) meses, vulnerando el término constitucional de 10 días que establece el artículo 86 de nuestra Carta Política, y haciendo inocua la acción de tutela, pues para esa época ya se habrá cumplido el término de la suspensión provisional.

3. Por tal motivo, retiraré la acción de tutela para presentarla nuevamente ante el Consejo de Estado, para sea esta Alta Corte quien ampare mis garantías fundamentales al debido proceso y a permanecer en el cargo público, como expresión de mis derechos políticos.

4. Por otro lado, y no menos preocupante es el escenario del proceso disciplinario. La NO 12:32

Procuraduría General de la Nación no me ha permitido ejercer en debida forma mi derecho a la defensa, pues a la fecha no le ha sido reconocida personería jurídica a mi abogado de confianza a pesar de que el poder por mi conferido se allegó a la procuraduría desde el pasado 16 de marzo. Pero como si lo anterior fuera poco, tampoco se nos ha permitido el acceso al expediente disciplinario y, peor aún, no se nos ha dado traslado de la medida de suspensión provisional para exponer nuestros argumentos para pedir la revocatoria de la medida ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de los elegidos popularmente, cuando la norma disciplinaria indica que se debe hacer de manera inmediata.

Conforme a los episodios sucedidos, y a la profunda preocupación que generan estos hechos, naturalmente se suma la decepción que ocasiona que, en un Estado de derecho, como se reclama nuestra nación colombiana, no se me permita el acceso a la administración de justicia en detrimento, no solamente de mis garantías fundamentales, sino en desmedro de la voluntad popular del pueblo de Ibagué que exige que lo gobierne su alcalde elegido democráticamente.

Andrés Fabián Hurtado Barrera cédula de ciudadanía  93.180.727

Copia: Mensaje del alcalde suspendido de Ibagué, en su red social Facebook. cambioin.com

 

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