Por: Editor en Jefe - Publicado en julio 22, 2015
Ojo pelado
Foto: políticos en campaña. Cambioin.
Por: Editor ciudad
Candidatos a ocupar corporaciones públicas, obligados acatar normas de publicidad y propaganda política.
Cambio in conoció que el día anterior, la administración municipal firmo el decreto que mete en cintura a todos los candidatos a la alcaldía y concejo de esta ciudad, con el fin de evitar que Ibagué sea invadida con publicidad política.
Este Portal estableció que el alcalde Luis H. Rodríguez, mediante Decreto 1000 – 0388 del 26 de junio de 2015, estableció cuáles serán las normativas en materia de publicidad y propaganda en desarrollo de las elecciones para el próximo 25 de octubre:
Decreto 1000 – 0388 del 26 de junio de 2015
· La oficina de Espacio Público será la encargada de otorgar los permisos para la fijación de hasta 14 vallas de publicidad política en el espacio público o en propiedad privada por partido y/o movimiento político con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos participantes para elecciones de gobernadores, diputados, alcaldes y concejales y juntas administradoras municipales a celebrarse el día 25 de octubre de 2015.
· La publicidad rodante o móvil, multimedia o LED será contada dentro de las 14 vallas que se autoricen.
· Los vehículos que porten propaganda política sin el respectivo permiso se les impondrá sanciones contempladas en el siguiente decreto.
· La oficina de Espacio Público otorgará los permisos para fijación de un máximo de 50 pasacalles y 100 pendones por partido y movimiento político.
· En el sector de la Calle 6 hasta la 19 entre carreras 1 y 8 sólo podrán ubicarse elementos publicitarios que identifiquen las sedes de los partidos y movimientos políticos.
· El candidato, partido, o movimiento político que instale o fije publicidad política o propaganda electoral sin permiso o en sitios no autorizados, será acreedor a multas equivalentes entre 1 y 5 salarios mínimos legales vigentes.
· Cada partido y movimiento político dentro de las 48 horas siguientes al cierre de jornada electoral, deberá retirar toda publicidad o propaganda electoral que les haya sido autorizada.
· Las vallas tendrán un área hasta de 48 metros cuadrados y podrán ser ubicadas en zonas de espacio público o en propiedad privada.
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