Por: Editor en Jefe - Publicado en marzo 22, 2017
Se hizo justicia
Fotos: Wilson Mauricio Gutiérrez Capera. Cambioin
Por: Editora Local
El Portal de noticias cambioin.com, conoció un caso judicial poco usual en Colombia, donde luego de varios años de lucha, una mujer oriunda de Ibagué, a quien se le estaba vulnerando el derecho en el proceso de liquidación de la sociedad conyugal, que consiguió cuando estuvo ligada maritalmente con su ex compañero sentimental de nacionalidad norteamericana, logró que las leyes de este país le dieran la razón.
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La historia.
En el año 2003, Dilia Julieth Sogamoso, quien es nacida y criada en Ibagué, luego de un tiempo prolongado de tener una relación estable con su novio Kenneth leo Buholtz, ciudadano Estadounidense, y pensando que era el hombre de su vida, decidió contraer nupcias en el país del Tío Sam, sin saber que su determinación tendría un mal fin. Todo era color de rosa hasta el 2010, año en el que la fémina no soportó más discusiones con su pareja, se llenó de valor y decidió dar por terminado su matrimonio de siete años. Sogamoso, sin tener nada más que la ligara con el ese país, resolvió volver a su tierra y pelear por lo que había obtenido en la suciedad conyugal, capitulaciones que haciendan a la suma de 1.300 millones de pesos.
El pleito.
Ya radicada en Colombia, Dilia Julieth Sogamoso, en el año 2016, interpuso en el municipio de Melgar, acción judicial para dar trámite de liquidación de la sociedad conyugal y así poder tener a su nombre los lotes n. 14 y 15 de la manzana M, en el conjunto residencia, Verdesol, ubicada en el kilómetro 2 vía Carmen de Apicala (Tolima), predio que había comprado junto con su ahora ex marido, Kenneth leo Buholtz, inmueble avaluado en 1.300 millones de pesos.
Esta redacción se enteró, que luego de varios meses de una dura batalla jurídica, el Juez Promiscuo de Familia de Melgar, Juan Guillermo Hoyos Villa, falló a favor Buholtz, El togado que durante el proceso, valido unas capitulaciones matrimoniales elaboradas en Estados Unidos, donde en Colombia no se homologaron ni se aprobaron, ante notariado bajo escritura publica, tal y como lo establece el artículo 22 del código civil de este país.La decisión.
Al conocer la determinación judicial, el abogado de la accionante Wilson Mauricio Gutiérrez Capera, no se mostró conforme con la decisión del Juez Promiscuo de Familia, ya que según él, a las claras se demostró que fueron vulnerados los derechos de la mujer, por lo que determinó colocar acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia
Copias:caso judicial.
Este medio de comunicación digital conoció, que luego de estudiar el caso el pasado 2 de marzo del presente año, el máximo tribunal de dió la razón a la demandante. Dentro de los argumentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia, se expresa lo siguiente. “Con fundamento en lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, revoca la sentencia apelada, y en su lugar, concede la protección solicitada por Dilia Julieth Sogamoso, respecto a su derecho al debido proceso, ordenando al Juzgado Promiscuo de Familia de Melgar (Tolima), que en el término de diez (10) días, contados desde su notificación de esta providencia, deje sin valor su proveído de 5 de Septiembre de 2016, y lo que dé este se derive, y proceda a pronunciarse nuevamente sobre las capitulaciones matrimoniales, atendiendo la naturaleza solemne de ese acto jurídico, las normas aplicables al asunto y los precedentes jurisprudenciales vinculantes sobre la materia.”
Vídeo: Abogado Wilson Mauricio Gutiérrez Capera. Cambioin
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