Por: Editor Ibagué - Publicado en agosto 22, 2021
El pasado 15 de junio de 2021, participantes de la licitación que por obras y dotación para el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura física de las sedes del Distrito Judicial de Ibagué. Rama Judicial - Dirección Seccional de Administración Judicial de Ibagué Detalle del Proceso Número LP-IBG-002 DE 2021, habían denunciado a través de cambioin.con el portal de las noticias, algunas irregularidades en ese proceso.
Por: columnista invitado
Teniendo en cuenta esa información, se emitió una información por parte de nuestro medio de comunicación digital en los siguientes términos:
Corrupción en el Palacio de Justicia de Ibagué: Denuncia
#Exclusivo
"EXCONTRALOR DE IBAGUÉ, ES EL DIRECTOR DE LA RAMA JUDICIAL EN IBAGUÉ"
Foto: palacio de Justicia de Ibagué, rodeado por caso de corrupción. cambioin.com
El símbolo de la justicia en Ibagué, amaneció cubierto por una oscura sombra de corrupción; llama poderosamente la atención que quien debe responder por las delicadas denuncias, es el mismo que se desempeño como contralor de Ibagué, cuando se presentó el descalabro de los juegos nacionales 2015.
Informe especial cambioin.com
Contratistas que participan en una licitación que adelanta el palacio de Justicia en Ibagué, denuncian graves irregularidades en el proceso, a tal punto que expresan que desde un principio existen unos ítem que demuestran el direccionamiento de la subasta que aún se encuentra contada en el portal de contracción. Pero lo más delicado es que a la entidad contratante se le advirtió sobre lo que estaba pasando pero no quiso derogar esos requisitos para que existiera pluralidad de oferentes.
Causa curiosidad que ante una denuncia de un caso tan delicado de corrupción dentro de un proceso adelantado por la administración de justicia en Ibagué, su director seccional Edwin Riaño Cortés, responsable del mismo, no acepte las observaciones y quiera que todo siga lo mismo para que la licitación se la gane un proponente en especial.
A continuación cambioin.com el portal de las noticias publica la denuncia que llegó a nuestra redacción en donde hablan sobre la irregularidad en la licitación del palacio de justicia:
Denuncia
Dentro del proceso asignado para contratar en nombre de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Seccional de Administración Judicial de Ibagué, las obras y dotación para el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura física de las sedes del Distrito Judicial de Ibagué. Rama Judicial - Dirección Seccional de Administración Judicial de Ibagué Detalle del Proceso Número LP-IBG-002 DE 2021
PROCESO LICITACIÓN LP-IBG-002-2021
VALOR 1.109.451.000
Respetado señores, revisado el proceso del asunto, observó con indignidad la corrupción de una entidad como la RAMA JUDICIAL, donde realiza una convocatoria CHALECO, que se aleja a las términos de la transparencia de COLOMBIA COMPRA, para darle oportunidad de pluralidad de oferentes, en particular el pliego determina que SOLAMENTE cumple con la experiencia especifica en contratos ejecutados 3 años anteriores a la presentación de la propuesta, es decir como si anteriormente no se construía las especificaciones de obra señaladas en el pliego, y MUCHO más indignante que solicita un solo contrato que tendría que haberse ejecutado en cinco municipios, como si estas actividades no se pudieran ejecutar en contratos diferentes, así mismo con la solicitud del perfil del personal exagerada para el desarrollo de una obra de remodelacion..
Por eso la incredulidad de nosotros los ciudadanos con las INSTITUCIONES estatales al observar estos actos de CORRUPCIÓN, propuesto por la RAMA JUDICIAL, ojala que no se quede en la queja y que ustedes verifiquen y actúen para que no continuen unos personajes de cuello blanco asaltando la FE PUBLICA y detengan ese proceso y que se realice transparente como muchos se han convocado en el SECOP 2 y con la garantía de la PLURALIDAD de oferentes.
(copia del proceso adelantado por el palacio de Justicia a cargo de Edwin Riaño Cortés)
Copia: Licitación en el palacio de Justicia de Ibagué. cambioin.com
Estás Leyendo cambioin.com
Este es el enlace completo de la información emitida:
https://www.cambioin.com/actualidad/corrupcion-en-el-palacio-de-justicia-de-ibague-denuncia
Fin de la información emitida.
A raíz de esta esa denuncia, el señor Edwin Riaño Cortés
Director Seccional de Administración Judicial de Ibagué, envió un documento pidiendo un derecho a la rectificación de la información emitida, estando dentro del tiempo que tiene este medio para responder sobre si se le concede este derecho o no, el funcionario del palacio de Justicia de Ibagué, interpuso en el juzgado décimo penal municipal mixto con funciones de conocimiento una tutela que el pasado 6 de agosto le salió a favor, y donde obligan a cambioin.com, que en los siguientes 15 días de emitido el falló debía darle el derecho a la rectificación, por eso a continuación se transcribe en su totalidad la carta enviada por el señor Edwin Riaño Cortés, Director Seccional de Administración Judicial de Ibagué, y se hace en el mismo medio de comunicación y con el mismo despliegue que se hizo la información anterior como consagra el derecho a la rectificación.
Con esta acción cambioin.com el portal de las noticias cumple en su totalidad esta acción de tutela, dentro del tiempo estipulado por el togado dentro de su fallo del 6 de agosto de 2021.
Transcripción carta del señor Edwin Riaño Cortés
Director Seccional de Administración Judicial de Ibagué, dirigida a cambioin.com:
DESAJIBO21-606
Ibagué, junio 16, 2021
Señor/a
Director/a
Portal de Noticias Cambio In
https://www.cambioin.com/
La ciudad
Asunto: Solicitud de rectificación - art 20 Constitución Política de Colombia
“Una rectificación oportuna impide que los efectos difamatorios se prolonguen en el tiempo como acontecimientos reales”
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En su portal de noticias con fecha 15 de junio de 2021, se ha publicado la “noticia”
“Corrupción en el Palacio de Justicia de Ibagué: Denuncia” en relación a la cual quiero
ejercer mi derecho a la rectificación, contemplado en el artículo 20 de la constitución, puesto que mi nombre y cargo han sido objeto de una información errónea y que no ha sido contrastada en ningún momento.
Rechazo la acusación de corrupción que el “columnista invitado” hace en el artículo
publicado, sin haber indagado sobre el proceso de licitación que está adelantando la
entidad y sobre la gestión contractual adelantada en la Dirección Seccional desde mi
llegada al cargo de Director, haciendo eco de denuncias infundadas, erróneas e inexactas.
En primer lugar, en ningún caso, el proceso de licitación publicado contiene “ítems” que demuestren su direccionamiento, como erradamente lo afirma el columnista, ya que todos los requisitos jurídicos, técnicos, de experiencia, organizacionales y financieros incluidos en el pliego de condiciones, son adecuados y proporcionales a la naturaleza y valor del contrato, los cuales fueron establecidos luego de haber adelantado el análisis del sector relativo al objeto del Proceso de Contratación. De igual forma, los requisitos de
experiencia cuestionados en el artículo noticioso, en los que se requiere la presentación
de hasta tres (3) certificados de contratos cuya ejecución no sea superior a tres (3) años,
son solicitados en todos los procesos de selección que adelanta la entidad, ya sean
selecciones abreviadas, mínima cuantía o licitaciones, en cumplimiento del principio de transparencia, lo cual puede ser verificado en los procesos de contratación publicados en
la plataforma SECOP II.
Copia 1: proceso en el Secop dos.
En segundo lugar, no es cierta la afirmación “lo más delicado es que a la entidad contratante se le advirtió sobre lo que estaba pasando pero no quiso derogar esos requisitos para que existiera pluralidad de oferentes”, ya que dentro del proceso de licitación no se efectuó una advertencia, si no una observación al proyecto y pliego de condiciones, etapa prevista en los procesos de contratación para que los interesados, despejen dudas y soliciten aclaraciones, en el que se requirió por parte de un posible oferente, la ampliación de la experiencia, la cual fue valorada por el Comité Estructurador y Evaluador de la entidad, de conformidad con la normatividad contractual y según los conceptos de Colombia Compra Eficiente, decidiendo no acoger la observación, en los siguientes términos:
“(..) la experiencia en el ámbito laboral, va de la mano con la continuidad en la práctica de
las actividades, porque la práctica frecuente es la que proporciona la habilidad adecuada
para realizar una actividad; para la Entidad es fundamental establecer el equilibrio en
términos de experiencia, y en razón a ello considera que un período de tres años en áreas
técnicas es el adecuado (…)”
En tercer lugar, tampoco es cierta la afirmación “Causa curiosidad que ante una denuncia de un caso tan delicado de corrupción dentro de un proceso adelantado por la administración de justicia de Ibagué, su director seccional Edwin Riaño Cortés, responsable del mismo, no acepte las observaciones y quiera que todo siga lo mismo
para que la licitación se la gane un proponente en especial.”, ya que no ha existido denuncia de corrupción dentro del proceso de selección, lo que se han presentado son observaciones y aclaraciones al proyecto de pliegos y al pliego de condiciones por parte de los proveedores interesados, que se reitera, es una etapa prevista en todos los procesos de selección, lo cual puede ser verificado por el portal de noticias en la página de Colombia compra eficiente Secop II.
Copia 2: Proceso en el Secop dos.
En cuarto lugar, en la “denuncia” divulgada, se menciona el hecho que se solicite dentro de la experiencia la ejecución de un contrato en cinco municipios y el perfil del personal para la ejecución de las obras, requisitos que en ningún momento han sido observados dentro del proceso de selección por lo posibles oferentes, lo cual puede ser comprobado por el portal de noticias en la página de Colombia compra eficiente Secop II, cuyo acceso es totalmente público.
En razón a lo expuesto y demostrado, rechazo las graves acusaciones de corrupción, de direccionamiento de contratos y divulgación de afirmaciones de pliegos “Chaleco”, en
contra del suscrito, sin que haya prueba de estas.
Es decepcionante que una información que afecta a la reputación de un servidor público y a una entidad como la Rama Judicial sea tratada sin el suficiente rigor profesional del periodismo, el cual debe contar con la comprobación de datos y contraste de las diferentes versiones que garanticen un ejercicio profesional exigente y riguroso.
Por todo lo anterior y de conformidad con el artículo 20 de la constitución y el numeral 7 del artículo 42 del Decreto 2591 de 1991, y reservándome el ejercicio de las acciones
penales o civiles que pudiera asistirme como perjudicado por las informaciones difundidas, dirijo esta solicitud de rectificación al director del medio para que sea publicado dentro de los tres días siguientes a su recibo, para así atenuar en lo posible el perjuicio moral que me han causado por la publicación antes mencionada.
Edwin Riaño Cortés
Director Seccional de Administración Judicial de Ibagué
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