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Ordenan seis días de arresto para el alcalde de Ibagué Andrés Hurtado

Por: Editor Ibagué - Publicado en mayo 08, 2023

El Juzgado 14 penal municipal con función de conocimiento, acaba de ordenar 6 días de arresto para el alcalde de Ibagué Andrés Hurtado, y una multa de 6 salarios mínimos mensuales legales vigentes por no responder un derecho de petición enviado por el líder trasportador José Edilson Pava.

Informe Especial cambioin.com

El fallo judicial señala:

OBJETO DE LA DECISION:

Resuelve el Juzgado el incidente de desacato promovido por el ciudadano JOSÉ EDILSÓN PAVA ESPITIA, contra el ALCALDE MUNICIPAL DE IBAGUE, respecto del fallo de tutela proferido el pasado 10 de marzo del 2023, mediante el cual fue amparado el derecho fundamental de Petición.

ANTECEDENTES:

Mediante la referida sentencia esta instancia tuteló el derecho fundamental del cual es titular el señor JOSÉ EDILSÓN PAVA ESPITIA En la parte resolutiva de la sentencia proferida el 10 de marzo de 2023 se precisó:

"PRIMERO. - TUTELAR, el derecho fundamental del debido proceso, igualdad, petición y buen nombre, invocados por el accionante JOSÉ EDILSÓN PAVA ESPITIA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

SEGUNDO. ORDENAR al Ingeniero Andrés Fabián Hurtado en su calidad de ALCALDE MUNICIPAL IBAGUÉ y/o quien haga sus veces que, dentro del término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, conteste de manera clara, precisa y de fondo el derecho de petición del 8 de febrero de 2023 instaurado por el señor JOSÉ EDILSÓN PAVA ESPITIA.

TERCERO: Notifíquese este fallo a las partes, conforme a lo previsto por el Decreto 2591 de 1991 y su decreto reglamentario.

CUARTO: En el evento de no ser impugnada, remítase en forma inmediata a la Sala de Selección de la Corte Constitucional, para su eventual revisión.

El mencionado fallo fue notificado oportunamente AI ALCALDE MUNICIPAL DE IBAGUÉ, encontrándose en este momento debidamente ejecutoriado.

RESUELVE

PRIMERO: DECLARAR que el Ingeniero ANDRES FABIAN HURTADO BARRERA en su condición de ALCALDE MUNICIPAL DE IBAGUÉ, ha incurrido en desacato respecto del fallo de tutela del 10 de marzo de 2023, el cual ordena que en termino de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, conteste de manera clara, precisa y de fondo el derecho de petición del 08 de febrero del presente año instaurado por el señor JOSÉ EDILSÓN PAVA ESPITIA.

SEGUNDO: IMPONER al Ingeniero ANDRES FABIAN HURTADO BARRERA en su condición de ALCALDE MUNICIPAL DE IBAGUÉ, o a quien en el momento de la notificación del presente interlocutorio haga sus veces: seis (02) días dearresto, que cumplirá en las instalaciones de la Policía Nacional de esta ciudad, y multa equivalente a seis (1) salarios mínimo legal mensual vigente, al encontrarse demostrado el desacato al fallo de tutela proferido en favor del señor ANDRES FABIAN HURTADO BARRERA

A) INMEDIATAMENTE SEA NOTIFICADO EL PRESENTE INTERLOCUTORIO, proceder con el cumplimiento efectivo del fallo de tutela proferido el 10 de marzo de 2023 y en consecuencia de lo anterior, dentro del mismo término se servirá rendir el informe respectivo a esta agencia judicial.

CUARTO. SURTASE el grado jurisdiccional de consulta ante los Juzgados Penales del Circuito de la ciudad, al tenor de lo dispuesto por el inciso 2º del art. 52 del Decreto 2591 de 1991. Entérese a los partes de la acción constitucional y envíese inmediatamente al superior jerárquico.

CÓPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

María del Socorro García Díaz, Juez.

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