POLÍTICA

Coliseo que inauguró con bombos y platillos, alcalde de Ibagué, no lo ha pagado

Coliseo que inauguró con bombos y platillos, alcalde de Ibagué, no lo ha pagado

Foto; Coliseo Mayor de Ibagué, el que no ha pasado el alcalde de Ibagué. cambioin.com

Por: Editor Ibagué - Publicado en diciembre 14, 2023

El contratista que construyó el Coliseo Mayor en el Parque Deportivo, exige el pago de más de seis mil millones de pesos que aun le adeudan, y le preocupa al afectado que el alcalde de Ibagué Andrés Hurtado, se hubiera gastado esa plata haciendo otras actividades, lo que sería ilegal. En exclusiva cambioin.com el portal de las noticias presenta la carta enviado por ingeniero que hizo dicha obra, enviada a las autoridades nacionales y al mandatario local exigiendo el pago de la obra en donde Hurtado, ha sacado pecho qué fue un logro de su gobierno, pero hasta la fecha ni siquiera ha pagado.

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Informe Especial cambioin.com

Una dura carta le envío el representante del consorcio qué construyó el Coliseo Mayor de Ibagué, al interior del Parque Deportivo, al alcalde de Ibagué, a su secretario de infraestructura, con copia al ministerio del Deporte y organismos de control, en donde le exige el pago de más de seis mil millones que aún les adeuda la administración de Andrés Hurtado, por la realización de esa obra.

Didier Portela, hace algunas precisiones y le advierte al mandatario que ojalá no hubiera destinado esa plata para invertirla en otro proyecto, porque los recursos del Coliseo, tenían destinación específica, por eso si lo hizo pudo haber cometido un peculado, delito castigado con cárcel.

El contratista también le dice al alcalde Andrés Hurtado, que le parece ilógico que en el Coliseo Mayor de Ibagué, se hubieran hecho ya varios eventos, incluyendo la rendición de cuentas y dos actos de iglesias cristianas, y ni así se hubiera acordado de pagar lo que debe de la realización de esa obra. Advierte también Portela, que está pagando actualmente altos intereses en bancos de la ciudad por préstamos qué hicieron para terminar esa estructura, mientras al mandatario no se le da la gana de pagar.

En exclusiva cambioin.com el portal de las noticias transcribe en su totalidad la carta enviada por el ingeniero Didier Portela, representante legal del consorcio que hizo el Coliseo Mayor de Ibagué, al alcalde Hurtado, para cobrarle por una obra que ya hicieron, inauguraron y están disfrutando, porque ahí será la posesión de la nueva alcaldesa Johana Aranda.

Transcripción de la carta de Didier Portela, al alcalde de Ibagué:

Consorcio obras especiales Ibagué
Radicado: 2023-098698 Fecha:2023-12-11 Hora:10:57 AM

Ibagué (Tolima), 11 de diciembre de 2023.

Señores:
Andrés Fabian Hurtado
Alcalde Municipal de Ibagué

Secretaría de Infraestructura
Atención: Ing. Leonel Nieto Suarez - Secretario de Infraestructura

Secretaria de Hacienda
Atención: Dr. Yesid Barragán - Secretario de Hacienda La Ciudad

Referencia: Contrato de obra No. 2319 "Construcción y adecuación del coliseo mayor en el parque deportivo de Ibagué en desarrollo del convenio 00867 del 17/12/2019 (MINDEPORTE - Alcaldia de Ibagué - IMDRI)

Asunto: SOLICITUD DE PAGO DE OBLIGACIONES DISPUESTAS EN ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 2319 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2020.

Respetados Señores:

Como es ampliamente conocido por ustedes, el dia 17 de diciembre de 2019 se firmó el Convenio Interadministrativo 000867 de 2019 entre el Ministerio del Deporte, la Alcaldía de Ibagué y el Instituto Municipal para el Deporte y Recreación de Ibagué (IMDRI). El propósito de este convenio es el de unir esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para llevar a cabo el proyecto de construcción y adecuación del Coliseo Mayor en el Parque Deportivo de Ibagué.

El Ministerio del Deporte, el Municipio de Ibagué y el IMDRI celebraron este
convenio con el objetivo de encontrar una solución en infraestructura deportiva. La entidad territorial, en su función ejecutora, ha llevado a cabo la actividad administrativa necesaria y ha contratado a un ejecutor para realizar las actividades constructivas contempladas en el proyecto.

Como bien se menciona en diferentes documentos, el Ministerio del Deporte ha asignado recursos públicos provenientes del Presupuesto General de la Nación para financiar este proyecto. A la fecha estos recursos han sido administrados y utilizados de acuerdo con las reglas de desembolso y gestión establecidas. Además, se han custodiado y vigilado siguiendo lo acordado por las partes, asi como los principios de gestión fiscal, reglas presupuestales y hacienda pública aplicables, y la función administrativa.

Como ejecutores hemos entendido y hemos dedicado nuestros esfuerzos, sabiendo que como bien lo ha dicho el Ministerio del Deporte, está intervención es de suma importancia que su proyecto de inversión pública, denominado "Apoyo a la Infraestructura De Alta Competencia a Nivel Nacional" con el código PIN 2020664000035, cumpla su objetivo. Esto implicó entregar un escenario deportivo funcional y completamente terminado que garantiza hoy a la comunidad espacios adecuados para la recreación y el deporte, como parte del derecho constitucional al deporte y la recreación.

Así mismo, se considera una herramienta para que los ciudadanos puedan interactuar dignamente en espacios públicos de calidad, promoviendo el desarrollo personal, la formación, la educación, el trabajo y la asociación libre y voluntaria, entre otros aspectos.

Sabemos que ambas partes del convenio interadministrativo consideraron de fundamental importancia este escenario deportivo a través del cumplimiento del contrato y fue por ello que se dio el financiamiento del proyecto con recursos del Presupuesto General de la Nación mediante el registro presupuestal No. 213314528889 denominación: "CONVENIO 000867 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2019, CONSTRUCCION Y ADECUACION DEL COLISEO MAYOR EN EL Parque DEPORTIVO EN EL MUNICIPIO DE IBAGUE" según certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1031-1991 del 21 de agosto de 2020, expedidos por la dirección de presupuesto por un valor de CUARENTA Y TRES MIL Setecientos NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL Quinientos NOVENTA Y NUEVE PESOS ($43.798.470.599) IVA INCLUIDO. y código presupuestal No. 1310-7008 del 26 de noviembre de 2022 correspondiente a la adición No. 01 del contrato por valor de VEINTE MIL CINCUENTA Y TRESMILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($20.053.412.659), esto quiere decir que los dineros reservados tanto por el Ministerio del Deporte como por el municipio de Ibagué tiene una destinación específica y clara y toda ella basada en la Política Pública del Deporte, por lo tanto le recalcamos a la administración municipal de Ibagué que la destinación específica de los recursos antes señalados no se puede cambiar y deben únicamente ser utilizados para la cancelación de las obras enmarcadas dentro del contrato de la referencia. Los recursos económicos que se encuentran en los registros presupuestales, están protegidos tanto por los entes de control FISCAL cuando se habla de daño patrimonial al Estado, como por la ley PENAL en el marco de la definición del tipo de peculado por aplicación diferente a la que está destinada. En el caso que los dineros antes mencionados llegaran a utilizarse para otra destinación diferente a los que fueron concebidos, esto configuraría para el funcionario público que llegara a ejecutar esta acción, un delito penal y una falta gravisima debido a la clara violación a las reglas de obligatorio cumplimiento como lo son todas aquellas de carácter presupuestal.

Este apoyo antes mencionado permitió que el financiamiento se realice sin contratiempos hasta la finalización total de la ejecución del proyecto, de acuerdo con la naturaleza del recurso y lo acordado en el convenio interadministrativo. Todo esto se rige por los principios de gestión fiscal, eficacia, eficiencia, economía y especialización del recurso, entre otros. Debemos entender así que la ejecución total del proyecto va hasta la liquidación de este y el pago de las acreencias en su totalidad.

En resumen, se buscó con el Convenio Interadministrativo No. 000867 de 2019 asegurar el cumplimiento del contrato de financiamiento del proyecto. Esto se basa en la verificación financiera de los recursos entregados por el Ministerio, la ejecución de estos y los pagos realizados a través de actas parciales de obra. Asi las cosas, por medio de la presente de manera respetuosa, les solicitamos se sirva dar cumplimiento a lo dispuesto en el acta de liquidación del contrato 2319 del 17 de diciembre de 2020 que tuvo por objeto "construcción y adecuación del coliseo mayor en el parque deportivo de Ibagué en desarrollo del convenio 00867 del 17/12/19 (Ministerio del Deporte - Alcaldía de Ibagué - Imdri)".

Como es de su conocimiento, en la citada acta de liquidación, se dispuso un saldo a favor del CONSORCIO OBRAS ESPECIALES IBAGUE, empresa que represento, por la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS PESOS CON VEINTISIETE CENTAVOS ($6.335.188.326,27), valor que a fecha de hoy no ha sido cancelado por parte del Municipio de Ibagué.

Queremos hacer hincapié en que el CONSORCIO OBRAS ESPECIALES IBAGUE, responsablemente cumplió a cabalidad todas y cada una de las obligaciones contraídas en el contrato de la referencia, prueba de esto es que en el citado escenario deportivo se han desarrollado los siguientes eventos: Inauguración de Intercolegiados, rendición de cuentas de la alcaldía municipal, mundial de patinaje artístico, campeonato nacional de niveles en gimnasia, campeonato múltiple de universidades (basquetbol, microfutbol, voleibol), dos eventos religiosos, evento internacional de gimnasia y también la próxima rendición de cuentas "Ibagué a paz y salvo" (pero no la alcaldia con el contratista) y según comentarios de noticias posesión de la nueva alcaldesa Johana Aranda, por lo tanto acudimos a su despacho en aras de que los valores pendientes por cancelarnos y conforme los compromisos dispuestos en el acta de liquidación suscrita entre las partes, sean pagados en su totalidad dentro de la presente vigencia presupuestal.

Se hace necesario resaltar, que conforme lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993, los contratistas: Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato.

Asimismo, se resalta, de que el no pago en sede administrativa conllevará a tramitar proceso ejecutivo de cobro, lo cual acarreará para la administración municipal, el pago de intereses comerciales y moratorios, así como la condena en costos, constituyendo gastos innecesarios evitables para el municipio.

Además, conforme el artículo 4, numeral 7 de la Ley 80 de 1993, con la omisión del pago por parte del Municipio, será responsable el funcionario por las indemnizaciones que se deban pagar, para lo cual el Municipio repetirá contra este¹.

En tal sentido, en aras de evitar afectaciones al erario, de garantizar nuestros derechos como contratistas de obra y de evitar sanciones pecuniarias a su cargo, se solicita el pago de las sumas adeudadas en virtud del contrato 2319 del 17 de diciembre de 2020 por valor de SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS PESOS CON VEINTISIETE CENTAVOS ($6.335.188.326,27).

Es pertinente recordarle a la administración municipal que durante la ejecución del proyecto de la referencia, el CONSORCIO OBRAS ESPECIALES IBAGUE, siempre obro de buena fe de conformidad con las pautas que establece ley de contratación estatal y que a pesar de la clara falta de planeación que tuvo el contrato desde su Genesis, lo cual obligó a suspender la ejecución de la obra por más de seis (6) meses, situación que nos llevó a incurrir en mayores costos por mayor permanencia en obra (costos que superaron los dos mil millones de pesos y que fueron socializados en los oficios No. COEI-216-2022, COEI-215-2022, COEI-213-2022 de los cuales nunca obtuvimos respuesta por parte de la alcaldía), nosotros jamás actuamos mal intencionadamente, ni nos aprovechamos de los errores de planeación que cargaba el proyecto los cuales son ampliamente conocidos por ustedes, por el contrario y con el único fin de terminar el proyecto, aunamos fuerzas para poder darle cabal cumplimiento al objeto contractual, el cual es hoy una realidad y un motivo de orgullo para el pueblo tolimense, ya que la ciudad de Ibagué cuenta con uno de los coliseos cubiertos más grandes y modernos del país.

A la espera que ustedes cumplan con sus obligaciones contractuales y de Ley y el contratista no siga incurriendo en más desequilibrios económicos entre otros: En la actualidad estamos cancelando intereses por prestamos de dinero invertido en la ejecución de la obra.

En el contrato adicional por valor de VEINTE MIL CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($20.053.412.659) nos descontaron el 2% estampilla Sin perjuicio del llamamiento en garantia, repetirán contra los servidores públicos, contra el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencia de la actividad contractual.

Pro deporte, condición que no estaba pactada en el contrato inicial y mucho menos estaba considerada en nuestra propuesta en los gastos administrativos.

Dado que el contrato tuvo precios del año 2020 anterior a la pandemia generada por el COVID, en la actualidad son precios artificialmente bajos por citar un ejemplo el acero estructural donde fabricamos y montamos más de 1,500 toneladas fue cancelado a valor costo directo de $14,162 / kg y en recientes contratos adjudicados por la misma alcaldía de Ibagué como el mejoramiento de cubiertas en polideportivos el precio fue de $22,000/kg. De igual manera sucedió con el acero de refuerzo y el concreto premezclado comprado a concretolima que en el desarrollo de la obra tuvimos más de 8 incrementos en su valor, siendo estos los mas representativos.

El contrato estuvo suspendido por más de siete meses por causales no imputables al contratista, tiempo en el cual administrativamente la obra tuvo gastos en cargos profesionales y alquiler de torrecillas metálicas que servian de soporte constructivo para la estructura metálica.

Cordialmente,

Didier Portela Torres
Consorcio Obras Especiales Ibagué Representante Legal(s)

Con copia:
Dra. ASTRID RODRIGUEZ-Ministra del Deporte

Dra. ADRIANA LUCÍA GONZALEZ DÍAZ-Dirección de Vigilancia Fiscal Para El Sector Educación, Ciencia, Cultura, Recreación y Deporte Contraloría General de la Republica -[email protected] Dr. JOAN CANCELADO - Dirección de Vigilancia Fiscal Para El Sector Educación, Ciencia, Cultura, Recreación y Deporte Contraloría General de la Republica - joan.cancelado@contraloría.gov.co

- Dra. Claudia Patricia Hernández León - Procuradora segunda delegada para la vigilancia de la función Pública - [email protected]

Dra. Leidy Soraida Alzate Feria - Contralora Municipal de Ibagué - [email protected]

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