Foto: tragedia por caída de plaza de toros en el Espinal. Cambioin.com
Por: Resumen De Noticias Hoy - Publicado en julio 08, 2022
Apoderada de una de las víctimas fatales del desplome de la Plaza de Toros del Espinal en plenas fiestas de Junio de 2022, tiene claro que existe una responsabilidad directa de la alcaldía de la ciudad de la tambora en la tragedia, y por eso iniciará una millonaria demanda contra la administración de esa localidad.
Informe especial cambioin.com
La abogada Nadya Maryori Giraldo Castrillón, es la apoderada de la familia del niño de 14 meses que perdió la vida durante la caída de los ocho palcos en la plaza de toros Gilberto Charry, el pasado 26 de Junio del presente año en el Espinal, y alista todo el arsenal de pruebas para iniciar el proceso judicial contra la administración de ese municipio, porque está más que evidenciado que no se cumplieron con todos los pasos legales requeridos, y por eso se presentó la tragedia.
Uno de los primeros pasos que dio la profesional del derecho, fue enviar escritos solicitando información específica, a la alcaldía de El Espinal, a la personería de ese mismo municipio le solicitó una vigilancia especial, y al hospital San Rafael Del Espinal para que entregue el plan de acción frente a una emergencia como la que se presentó. Al gobierno se le pide las copias de algunos procesos que se deberían haber realizado antes de la instalación de la plaza de toros, para evitar que se hubiera presentado la tragedia que le cobró la vida a 4 personas entre ellas un bebé de 14 meses, y más 386 personas heridas.
Cambioin.com el portal de las noticias, teniendo en cuenta lo delicado de este asunto, transcribe a continuación la solicitud enviada a la alcaldía de El Espinal, de donde saldrán las pruebas para iniciar las demandas de rigor contra el estado por la tragedia sucedida en ese municipio:
"Nadya Maryori Giraldo Castrillón Abogada especializada derecho administrativo. Magister derecho administrativo
DOCTOR: JUAN CARLOS TAMAYO SALAS Alcalde Municipal Espinal Tolima.
REF: SOLICITUD DOCUMENTOS
En calidad de apoderada judicial de los padres del menor de 14 meses que perdió la vida en el desplome de los palcos en la plaza de toros Gilberto Charry el dia 26 de junio de 2022 me permito solicitar copia de la siguiente documentación
1. Acto administrativo que autorizo la celebración de las fiestas, y realización de las corralejas en el Municipio Espinal
2 Copia de la escritura, terreno en cual se llevó a cabo la construcción los palcos.
2.1. Copia certificada del uso del suelo. Con sus respectivas caracteristicas de construcción de acuerdo al POT del Municipio.
2.2. Licencia de construcción, expedida por la oficina de planeación para la realización de los palcos en los que se llevó a cabo las corralejas.
2.3. Plano de la corraleja, suscrita por ingeniero civil, y lo arquitecto con su respectiva idoneidad. Autorización expedida por la Alcaldia Municipal con su respectivo proyecto de habilitación del recinto de palcos, con informe favorable por el secretario de planeación o quien haya hecho sus veces en la que se habilito la construcción de los palcos. En cumplimiento a la ley 916 de 2004
24 Certificación del secretario de planeación, en la que se constató que la plaza cualquiera que sea la categoría, reunía las condiciones de seguridad para la celebración de la corraleja.
2.5 Certificados, actas, de supervisión en el cual se estipulado la distancia profundidad de excavación para la construcción e implantación de la guadua de los respectivos palcos
2.6 Copia del acto administrativo, contrato, y lo autorización suscrita el representante legal de Municipio de Espinal o secretario mediante el cual se autorizó, a titulo de préstamo, alquiler, cesión, o arrendamiento del terreno en el cual se llevó a cabo la construcción de los palcos, Con sus respectivos anexos.
2.7. Los documentos que contiene el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 564 de 2006, que dieron cumplimiento para expedir Licencia de construcción de los palcos, en razón a las corralejas en el Municipio del Espinal
2.8 Copia integral de proceso licitación pública No 007 de 2022. El cual fue adjudicado a la COORPORACION DE FERIAS FIESTAS Y TRADICIONES POPULARES CORPOGUAMO. Con sus respectos anexos.
3. Copia de los contratos celebrados en razón a las ferias y corralejas del
Municipio del Espinal
3.1. Copia pólizas de cumplimiento de Responsabilidad civil extracontractual, y de la que garantice el pago por hechos siniestros, tragedias, lesiones personales, permanentes o de las victimas fatales ocurridas en la corraleja.
3.2. copia de las actas de inspecciones oculares realizadas al terreno en la construcción de los palcos por parte de los funcionarios de la administración municipal del Espinal y supervisor del contrato DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE CULTURA Y TURISMO en el contrato de la licitación pública No 007 de 2022. El cual fue adjudicado a la OORPORACION DE FERIAS FIESTAS Y TRADICIONES POPULARES CORPOGUAMO. En cumplimiento clausula Séptima de la supervisión del contrato con sus respectivos Anexos, videos, fotografias, informes, actas, requerimientos, con consecutivo de oficios, respectiva firma de recibido y entregado fecha y hora.
3.3. actas de supervisión de la madera, contratos realizados para la adquisión y construcción de los palcos
3.4. certificación, de las pruebas de carga.
4. Copia del plan de Gestión del riesgo o plan para la prevención y mitigación de riesgos del Municipio de Espinal
4.1. Copia del plan de acción y contingencia, expedido por el Municipio del Espinal para la para prevención y mitigación del riesgo en las festividades y corralejas que se llevaron a cabo los días 25. 26 junio y 01, 02. 03, 04 de Julio del 2022 de acuerdo a la programación publicitada de las festividades respecto espectáculos públicos, eventos de afluencia masiva, para la seguridad humana. En cumplimiento a la ley 1493 de 2011 y Decreto 3888 de 2007.
4.2. Actas de protocolos de seguridad, con las respectivas autoridades del Municipio Bomberos, Policia Nacional, Defensa Civil, Hospitales del Municipio, y de otras Municipalidades, del sector salud.
5. Copia del acto administrativo en el que se dictaron las normas para asistencia médica, en razón a la Licitación pública No 007 de 2022. El cual fue adjudicado a la COORPORACION DE FERIAS FIESTAS Y TRADICIONES POPULARES CORPOGUAMO. En cumplimiento Art 11 ley 916 de 2004
5.1. Certificación de puntos de emergencia médica, quirúrgicos, de la plaza corralejas que fueron estipulados al reunir las condiciones minimas necesarias, para atención de personas en caso de emergencia y atención médica, con sus respectivos anexos, videos, fotografias de adecuación, puntos de atención.
5.2. Contratos, convenios celebrados para la prestación de servicios de ambulancias por el término de la corraleja para los días 25. 26 junio y 01, 02. 03, 04 de Julio del 2022 de acuerdo a la programación publicitada de las festividades.
A la presente petición, solicito respetuosamente se le dé las voces de del Articulo 14 de la ley 1755 de 2015.
Atentamente,
Nadya Maryori Giraldo Castrillon
Abogada Especialista en Derecho administrativo-Magister Derecho Administrativo.
Pero la profesional del derecho también le solicitó a la personería de El Espinal, que realizará un seguimiento control vigilancia al proceso, en el documento señala: "En calidad de apoderada judicial de los padres del menor, se 14 meses (Q.P D) quien perdió la vida en el desplome de los palcos en la plaza de toros Gilberto Charry el dia 26 de junio del año 2002, de manera respetuosa me permito solicitar, seguimiento, control y vigilancia a través de su despacho y estricto seguimiento a la solicitud de documentos realizado al señor alcalde, JUAN CARLOS TAMAYO RADICADO NO 2022-032-0048666-8 del día 06 de Julio de 2022"
La abogada Nadya Maryori Giraldo Castrillon, explicó que apenas tenga las repuestas a la solicitud enviada, podrá demostrar las graves irregularidades que rodearon la tragedia ocurrida con la caída de la plaza de toros en plenas fiestas de mitad de año en el Espinal, donde perdió la vida el niño de 14 meses, que ella hoy representa.
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