Por: Editor Ibagué - Publicado en abril 12, 2023
Por: Jorge Ancizar Cabrera Reyes, columnista cambioin.com
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El Estado Soberano del Tolima, fue el faro que dió luces para el devenir político en Colombia.
El 12 de abril de 1861, el Presidente Tomás Cipriano de Mosquera, crea el Estado Soberano del Tolima, mediante decreto-ley expedido en el Alto del Raizal, Guaduas, que lo desmembró del Estado Soberano de Cundinamarca, posteriormente se legalizó como el noveno Estado de la Unión Colombiana, conforme al artículo 41 del Pacto de la Unión el 20 de septiembre de 1861, que reza: "Los Estados Unidos de Colombia reconocen como Estado Soberano e independiente y como parte integrante de la Unión Colombiana, al nuevo Estado del Tolima, formado de los pueblos de las antiguas Provincias de Mariquita y Neiva, en los términos en que ha sido creado y organizado por los decretos del Poder Ejecutivo Provisorio de los extinguidos Estados Unidos de la Nueva Granada".
Dirigieron el Estado del Tolima en su inicio el propio Tomás Cipriano de Mosquera, Francisco Eustaquio Alvarez y otros que también orientaron el Estado Soberano del Tolima fueron: José Hilario López, Domingo Caicedo y Aníbal Galindo entre otros, sus capitales fueron: Inicialmente Purificación, le siguió Neiva en dos oportunidades, también lo fueron Natagaima, Guamo e Ibagué, que por medio de la Ley 21 del 16 de Febrero de 1887 se erigió como Capital del naciente Departamento del Tolima.
Además, de la firma del Jefe de Estado Tomás Cipriano de Mosquera, firmaron el Decreto de Creación del Estado Soberano del Tolima, Andrés Cerón, Secretario de Gobierno. Julián Trujillo, Secretario de Relaciones Exteriores. Encargado del Despacho de Guerra, José María Rojas Garrido.
El doctor Alfonso López Pumarejo en la reforma constitucional de 1936 se le dió a la propiedad privada la característica de función social de la Constitución Política de Wimar en Alemania, no obstante que hace cien años el doctor Galindo hablaba de la función social de la propiedad privada.
El doctor Manuel Murillo Toro, fue un gran líder de la transformación del país, como también lo define el exministro de Estado doctor Alfonso Gómez Méndez: "Un pensador social con vigencia política". Murillo Toro, sigue presente con su pensamiento que nos enseñó: "Una de las causas más hondas de perturbación en la distribución de la riqueza y en la generación de la miseria de muchos millones de hombres, está en la viciosa constitución de la propiedad en el mundo. Es comparativamente insignificante el número de trabajadores que pide su subsistencia al comercio y a la manufacturas: no llega probablemente a la centésimas parte de la población útil del globo; la gran masa tiene que pedirla directamente a la tierra, a la agricultura propiamente dicha, la minería, la pesca y las industrias extractivas; y sí la tierra desierta o inculta se encuentra en todas partes ya apropiada; si unos pocos, como sucede ya entre nosotros, tienen ya adquirido el derecho de impedir la accesión del género humano al desierto, la gran masa tiene forzosamente que caer en la miseria o en la servidumbre ".
El doctor Aníbal Galindo, que también fuera presidente del Estado Soberano del Tolima, igualmente nos indicó en su tiempo lo siguiente: "No hay propiedad legítima sino la que recae sobre los valores creados por la industria; e Industria es la aplicación de las facultades del hombre a la modificación útil de la materia. El derecho de propiedad sobre la tierra se ha introducido para hacer que este agente natural desenvuelva, bajo la mano inteligente de un cultiva, que tiene asegurado el goce perpetuo de su mejora, toda su potencia productiva. El derecho es la utilidad pública resultante de esa apropiación. Donde falta, pues, la ocupación real por el cultivo o la mejora del suelo, falta la razón del derecho de propiedad sobre la tierra se funda exclusivamente en un principio de utilidad pública ".
El doctor Darío Echandía, muchos años más adelante en sus debates parlamentarios que precedieron al Gobierno del Presidente Alfonso López Pumarejo y en la reforma constitucional de 1936 de la cual ya el doctor Echandía ejercier cómo su Ministro de Gobierno, se le dió la connotación de función social a la propiedad privada y por consiguiente la equivalencia de los dos planteamientos, el de la utilidad pública y de la función social.
Se observa que el doctor Aníbal Galindo, ya se había adelantado al concepto de la función social de propiedad propiedad privada de la que posteriormente hablaron los pensadores europeos.
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